Esto luego que el Juzgado de Garantía de Arauco rechazó la medida cautelar por considerar que los argumentos del Ministerio Público fueron insuficientes.

Para las 08:45 horas de este jueves 4 de marzo está programada la audiencia en la que la Corte de Apelaciones de Concepción revisará la solicitud que hizo el Ministerio Público con el fin de revertir la resolución del Juzgado de Garantía de Arauco, luego que rechazó la prisión preventiva para Jorge Escobar, tío abuelo de Tomás Bravo y único imputado por el fallecimiento del niño de tres años.

Este martes, el tribunal denegó la petición de la Fiscalía tras considerar que, según informe de autopsia, no se encuentra acreditada la existencia de un homicidio ni indicios de participación del imputado en la muerte del menor de edad. También manifestó que no existen elementos incriminatorios presentados por el persecutor José Ortiz que fueran encontrados en la vivienda, vestimentas o vehículos del implicado.

Durante la audiencia y luego del dictamen de la magistrada el fiscal Ortiz apeló verbalmente para que lo decretado por la jueza sea revisado por el tribunal de alzada. De este modo, Escobar se encuentra en prisión preventiva en tránsito hasta que la Corte resuelva el recurso interpuesto.

Ante la decisión del tribunal, Cristián Echaiz, abogado del padre de Tomás, indicó que “creo el fiscal se apresuró, yo creo que como él señaló en algún minuto ‘el cuerpo de Tomasito va a hablar’, yo creo que también el sitio del suceso va a hablar”.

Tal vez al minuto que se encontró a Tomasito no se debió emitir la orden de detención y se debió haber esperado a los peritajes”, agregó.

Por otra parte, el fiscal nacional, Jorge Abbott, designó este miércoles a la fiscal regional del Biobío, Marcela Cartagena, para dirigir la investigación penal del caso.

Al respecto, desde la Fiscalía comentaron que la designación se funda en el artículo 19 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, debido a la gravedad y complejidad de la investigación, así como también a nuevos antecedentes incorporados a la causa que harían necesaria la designación de la persecutora, quien podrá actuar con los fiscales adjuntos que estime necesarios, entre ellos, el fiscal adjunto a cargo de la hasta hoy de la causa.